El objetivo de esta ley es incentivar a extranjeros y dominicanos que viva en el extranjero y deseen hacer residencia en República Dominicana y que estos sean PENSIONADIOS O RENTISTAS en el país de donde desean emigrar para vivir en República Dominicana.
Entre los benficios que usted puede lograr son los siguientes:
- Califica para el programa de residencia por inversión. Decreto 950-01 que permite a los inversionistas extranjeros obtener la residencia definitiva.
- Excención del pago de impuestos a los ajuares del hogar y bienes personales Ley 14-93.
- Excención del pago de impuestos a los bienes muebles. Ley 145-00
- Excención parcial de impuestos a la importación de vehículos. Ley 158-67
- Excencion de impuestos por transferencia inmobiliaria por la primera propiedad adquirida..
- Excensión del 50% de los impuestos hipotecarios, cuando los acredores sean instituciones reguladas por la Ley Monetaria y Financiera.
- Excención del 50% del impuesto ISR, cuando corresponda.
- Excención de impuestos que graven el pago de dividendos e intereses generados en el país o en exterior.
- Excención del 50% de las ganancias de Capital siempre y cuando, el rentista, sea el accionista mayoritario de la compañía que sea sujeto de pago de impuestos y dicha sociedad, no se dedique a actividades industriales o comerciales.
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